Plataforma para el impulso de la accesibilidad universal

Entrada en vigor de la orden de accesibilidad y no discriminación en espacios públicos urbanizados

Boletín Oficial del estado del 6 de agosto de 2021 por el que se aprueba la orden que desarrolla el documento técnico de condiciones de accesibilidad El domingo 2 de enero entró en vigor la orden que desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. Así se indica en su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que la reseñó el pasado 6 de agosto a iniciativa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma). El texto, rubricado por la ministra Raquel Sánchez, busca garantizar unos espacios públicos urbanizados comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Según relató el ministerio, su aprobación, contemplada en el Plan de acción de la Agenda Urbana Española para la Administración General del Estado, “se produce tras un largo proceso de participación pública y una profunda actualización de la normativa anterior”. Además, la orden “tendrá impactos muy positivos en el mejor diseño del espacio público”. Esta nueva orden TMA/851/2021 sustituye la VIV/561/2010, de 1 de febrero, del mismo título, que había supuesto hasta ahora la normativa estatal de referencia en esta materia y que quedará derogada con la entrada en vigor de la nueva. Si bien, en la disposición transitoria única se establece que “el documento técnico aprobado por esta Orden no será de aplicación obligatoria a los espacios públicos urbanizados cuyos planes y proyectos se aprueben definitivamente durante el transcurso de los diez primeros meses posteriores a su entrada en vigor. Durante este periodo se podrá optar por el cumplimiento de esta Orden o de la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero.” “Dichas condiciones básicas derivan de la aplicación de los principios de autonomía individual, no discriminación, accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas, tomando especialmente en consideración las necesidades de las personas con discapacidad, así como las vinculadas al uso de productos y servicios de apoyo”, puede leerse en la orden. En concreto, el documento técnico plantea la creación de itinerarios peatonales accesibles y seguros para las personas con discapacidad y establece también que esa accesibilidad llegue a los parques infantiles: “Al menos, uno de cada cinco elementos de cada sector de juegos infantiles y de ejercicios, contará con criterios de accesibilidad universal, debiendo ser, en el caso de los juegos infantiles, este elemento, de tipo dinámico o que genere movimiento al introducirse en su interior”. La orden también se refiere a otros ámbitos, como las playas urbanas, que habrán de disponer de puntos accesibles. Fuente: SERVIMEDIA

El Congreso aprueba la reforma de la Ley General de Discapacidad que regula la accesibilidad cognitiva

El Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, para la regulación de la accesibilidad cognitiva.

Entre las acciones que contemplará dicha ley, se incluyen la implantación de la lectura fácil en textos de interés general, como pueden ser prospectos de medicamentos, documentos administrativos o judiciales, así como el fomento del uso de pictogramas en diferentes ámbitos como productos y servicios, espacios públicos, transportes, normativas de edificación, administraciones públicas, patrimonio cultural y procesos de participación pública.

Esta modificación normativa permitirá una definición de la accesibilidad cognitiva, dentro del marco general de accesibilidad universal; estableciendo los ámbitos, condiciones y plazos en los que será exigible. También contempla la creación del Centro de Referencia Estatal de Accesibilidad Cognitiva y quedará incluida en el Plan Nacional de Accesibilidad, permitiendo el desarrollo reglamentario de la materia.

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