¿Cómo se desarrolla la Orden Ministerial TMA/851/2021? Claves para el diseño de entornos urbanizados para toda la ciudadanía. Parte 3

29 marzo, 2022

"" Ya vimos en la parte 1 y parte 2 de esta serie de artículos dedicados a la la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, que entró recientemente en vigor, y por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados, por qué se ha realizado esta actualización y cuáles son las nuevas exigencias. A continuación analizamos, cómo se desarrolla esta misma norma: Este documento ha sido elaborado por un grupo de trabajo con la participación y el consenso de diferentes entidades y representantes de todas las partes implicadas: Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Colegios Profesionales y entidades de personas con discapacidad. Se crearon diferentes equipos técnicos que trabajaron durante más de un año y finalmente se sometió a consulta pública antes de su aprobación. La nueva Orden TMA/851/2021 mantiene la misma estructura de capítulos y artículos utilizada en la anterior Orden VIV/561/2010. Además, la numeración y temática de cada capítulo en ambas Ordenes tienen una correspondencia directa. Estando compuesta por:
  • un artículo único
  • una disposición transitoria
  • una disposición derogatoria
  • dos disposiciones finales
  • un anexo (estructurado a su vez en 11 capítulos, 47 artículos y 1 apéndice).
En el siguiente artículo analizaremos cuáles han sido los cambios que ha sufrido la norma con respecto a la derogada Orden VIV/561/2010.