Plataforma para el impulso de la accesibilidad universal

¡Consulta las nuevas normas UNE publicadas en Accessibilitas!

"" Con el objetivo de seguir facilitando el acceso a la información y las herramientas para que todos los entornos, productos y servicios sean configurados de forma accesible para permitir su uso y disfrute por y para todas las personas, en Accessibilitas hemos publicado durante este último año tres nuevas normas UNE:
  • UNE-EN 17210 Accesibilidad del entorno construido: requisitos funcionalesEsta norma especifica los requisitos y recomendaciones de accesibilidad funcional y usabilidad, acorde a los principios de Diseño para todos y Diseño universal, para el diseño, la construcción, reforma o adaptación y mantenimiento de los entornos construidos, incluidas las áreas peatonales y urbanas exteriores
  • UNE-ISO 21902 Turismo y servicios relacionados. Turismo accesible para todos: requisitos y recomendaciones Este documento establece requisitos y proporciona orientaciones para un “turismo accesible para todos” con el objetivo de garantizar igual acceso y disfrute del turismo para el mayor número de personas de todas las edades y capacidades. Este documento proporciona información sobre los aspectos clave del diseño de políticas, estrategias, infraestructuras, productos y servicios y se dirige a todas las partes interesadas involucradas en la cadena de suministro del turismo, tanto del sector público como del privado. Es de aplicación a nivel local, regional, nacional e internacional.
  • UNE-EN 17161 Diseño para todas las personas. Accesibilidad a través de un enfoque de diseño para todas las personas en productos, bienes y servicios, ampliando la diversidad de usuarios Este documento especifica los requisitos que permiten a una organización diseñar, desarrollar y proporcionar productos, bienes y servicios de manera que la mayor cantidad de usuarios, incluyendo las personas con discapacidad, puedan acceder a ellos, comprenderlos y utilizarlos. Este documento especifica los requisitos y recomendaciones que permiten a una organización ampliar la diversidad de personas a los que se dirige identificando sus diferentes necesidades, características, capacidades y preferencias, involucrándoles directa o indirectamente y aplicando el conocimiento sobre la accesibilidad en sus procedimientos y procesos.
Te recordamos que desde nuestra sección de Normativa técnica puedes consultar de forma gratuita todas las normas UNE que hay disponibles en la plataforma desde el área Premium. Los requisitos de registro es pertenecer a uno de estos tres tipos de entidad: Universidad, Organización sin ánimo de lucro, o Administración Pública. A través de este formulario puedes realizar el registro.

Entrada en vigor de la orden de accesibilidad y no discriminación en espacios públicos urbanizados

Boletín Oficial del estado del 6 de agosto de 2021 por el que se aprueba la orden que desarrolla el documento técnico de condiciones de accesibilidad El domingo 2 de enero entró en vigor la orden que desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. Así se indica en su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que la reseñó el pasado 6 de agosto a iniciativa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma). El texto, rubricado por la ministra Raquel Sánchez, busca garantizar unos espacios públicos urbanizados comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Según relató el ministerio, su aprobación, contemplada en el Plan de acción de la Agenda Urbana Española para la Administración General del Estado, “se produce tras un largo proceso de participación pública y una profunda actualización de la normativa anterior”. Además, la orden “tendrá impactos muy positivos en el mejor diseño del espacio público”. Esta nueva orden TMA/851/2021 sustituye la VIV/561/2010, de 1 de febrero, del mismo título, que había supuesto hasta ahora la normativa estatal de referencia en esta materia y que quedará derogada con la entrada en vigor de la nueva. Si bien, en la disposición transitoria única se establece que “el documento técnico aprobado por esta Orden no será de aplicación obligatoria a los espacios públicos urbanizados cuyos planes y proyectos se aprueben definitivamente durante el transcurso de los diez primeros meses posteriores a su entrada en vigor. Durante este periodo se podrá optar por el cumplimiento de esta Orden o de la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero.” “Dichas condiciones básicas derivan de la aplicación de los principios de autonomía individual, no discriminación, accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas, tomando especialmente en consideración las necesidades de las personas con discapacidad, así como las vinculadas al uso de productos y servicios de apoyo”, puede leerse en la orden. En concreto, el documento técnico plantea la creación de itinerarios peatonales accesibles y seguros para las personas con discapacidad y establece también que esa accesibilidad llegue a los parques infantiles: “Al menos, uno de cada cinco elementos de cada sector de juegos infantiles y de ejercicios, contará con criterios de accesibilidad universal, debiendo ser, en el caso de los juegos infantiles, este elemento, de tipo dinámico o que genere movimiento al introducirse en su interior”. La orden también se refiere a otros ámbitos, como las playas urbanas, que habrán de disponer de puntos accesibles. Fuente: SERVIMEDIA

El Congreso aprueba la reforma de la Ley General de Discapacidad que regula la accesibilidad cognitiva

El Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, para la regulación de la accesibilidad cognitiva.

Entre las acciones que contemplará dicha ley, se incluyen la implantación de la lectura fácil en textos de interés general, como pueden ser prospectos de medicamentos, documentos administrativos o judiciales, así como el fomento del uso de pictogramas en diferentes ámbitos como productos y servicios, espacios públicos, transportes, normativas de edificación, administraciones públicas, patrimonio cultural y procesos de participación pública.

Esta modificación normativa permitirá una definición de la accesibilidad cognitiva, dentro del marco general de accesibilidad universal; estableciendo los ámbitos, condiciones y plazos en los que será exigible. También contempla la creación del Centro de Referencia Estatal de Accesibilidad Cognitiva y quedará incluida en el Plan Nacional de Accesibilidad, permitiendo el desarrollo reglamentario de la materia.

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