Observatorios en materia de accesibilidad

Accesibilidad del sistema de gestión de turnos

Fundación ONCE analizará la accesibilidad del sistema de gestión de turnos para garantizar su uso por parte de personas con discapacidad y mayores. Para ello han suscrito un convenio con el Clúster Smart City y ATISoluciones, empresa asociada al citado clúster.

Las tres entidades colaborarán en el diseño y la implantación de un sistema de gestión de turnos accesible a partir de la tecnología actual de ATISoluciones.

Este sistema será validado en un entorno real y permitirá la solicitud de citas de forma presencial y online, la identificación de los usuarios cuando accedan al área de prestación de los servicios presenciales y la monitorización del estado de los turnos.

Según el convenio de colaboración, Fundación ONCE llevará a cabo un diagnóstico de accesibilidad del sistema de gestión de turnos y asesoramiento a ATISoluciones durante el proceso de implementación de las mejoras identificadas. Para su evaluación, contará con la colaboración del Centro de Tiflotecnología e Innovación de la ONCE (CTI). Además, el Clúster Smart City es la entidad que ha potenciado la firma del citado convenio con el objetivo de ofrecer a la industria ejemplos de tecnología accesible que den lugar a que las ciudades sean más inteligentes e inclusivas.

Las entidades firmantes advierten que con la instalación de sistemas tecnológicos en la gestión de turnos han surgido nuevas barreras de accesibilidad, ya que éstos suelen ir ligados a una pantalla en donde se indica de forma visual cuándo es el turno de cada persona y la localización de una consulta. Además, en muchas ocasiones se debe interactuar con un dispositivo para la petición de turno.

Estos sistemas, que se instalan en entidades como ayuntamientos, centros de salud, o instituciones educativas, generan importantes dificultades a personas con discapacidad y mayores.

Fuente: Fundación ONCE

Señalética en pavimentos como medida de seguridad ante la Covid-19

El estado de alarma por la Covid-19 ha dado lugar a la nueva normalidad y con ella ha proliferado de forma muy abundante la señalética en pavimentos como elemento de información en el uso del entorno. Esta señalización la podemos encontrar en los centros comerciales, farmacias, pequeños comercios de barrio y, en general, edificios de uso público. Existen distintos usos de esta señalización como, por ejemplo, para ordenar el sentido de la marcha, para indicar la distancia de seguridad en los comercios o los espacios que no deben ser ocupados. Esta señalización debe estar pensada para que todos respetemos estas nuevas normas de uso del espacio público, pero no siempre es así. Se debe tener en cuenta que no todos nos movemos o interactuamos del mismo modo. Por ello, a la hora de escoger las señales o marcas sobre el pavimento se considerará que:
  • Los materiales tengan relieve de manera que sean detectables de forma podotáctil o por usuarios de bastón blanco.
  • Los colores contrasten con el pavimento de base para ser fácilmente distinguibles. También se cuidará el contraste dentro de la propia señal entre fondo, texto o imágenes.
  • Las indicaciones sean claras y sencillas de interpretar, evitando pictogramas o frases complejos y de uso poco común.
  • La tipografía tenga un tamaño adecuado en relación a la distancia a la que debe ser leída.
En caso de querer señalizar los flujos de deambulación, existen distintas técnicas para ello, de las cuales una buena práctica es el Wayfinding. Pero, ¿qué es Wayfinding? En sus usos habituales se asocia con el proceso de orientación utilizando la información del entorno. Su traducción puede ser “encontrando el camino”. Este sistema favorece la inferencia para comprender la información y hacer un uso del espacio correcto. Y en general, en cualquier caso que se quiera incluir señalética informativa, para hacerlo de forma correcta se debe partir de la filosofía del diseño para todas las personas, de modo que pueda ser usado por el mayor número de personas posible.

Ejemplos de señalización existente:

  • Bandas verdes en el pavimento con el texto «mantenga la distancia de seguridad». El texto es difícil de percibir por la falta de contraste entre el fondo y la tipografía, así como el tamaño.
 
  • Imagen de líneas adhesivas amarillas y negras sobre el pavimento delimitando el espacio para esperar turno, pero solo se pueden percibir visualmente.
 
  • Punto adhesivo decorado con un arcoiris y sobre este una flecha indicativa de la dirección de deambulación. Es difícil la comprensión de los pictogramas utilizados.
  • Plantilla pintada en el suelo que indica el itinerario de circulación. Al estar pintado no cuenta con ningún tipo de relieve, además de no tener una tipografía adecuada.
  Más información sobre señalización accesible.

La Ley de Telecomunicaciones incluirá medidas de accesibilidad de las personas con discapacidad

La nueva Ley General de Telecomunicaciones incluirá una batería de preceptos destinados a mejorar la accesibilidad a las comunicaciones electrónicas por parte de las personas con discapacidad. Así lo prevé el anteproyecto de ley que este viernes sacó a consulta pública el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y que el Gobierno espera que entre en vigor a mediados de 2021, una vez superada la tramitación parlamentaria que previsiblemente empezará a inicios del próximo año. En lo relativo a protección de derechos de los consumidores, los operadores deberán suministrar información previa a la contratación “en un formato accesible para usuarios finales con discapacidad”. El artículo 73 fija que mediante real decreto se podrán establecer las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con las comunicaciones electrónicas. En ese decreto “se establecerán los requisitos que deberán cumplir los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público para garantizar que los usuarios con discapacidad». Primero, para que «puedan tener un acceso a servicios de comunicaciones electrónicas equivalente al que disfrutan la mayoría de los usuarios finales, incluida la información contractual» y, segundo, «se beneficien de la posibilidad de elección de operadores y servicios disponibles para la mayoría de usuarios finales”. El artículo 39 del anteproyecto está dedicado a la accesibilidad de lo que se conoce como “servicio universal”, que incluye las prestaciones básicas de comunicaciones que deben estar garantizadas para todos los ciudadanos. El artículo establece que “los consumidores con discapacidad deben tener un acceso a los servicios incluidos en el servicio universal a un nivel equivalente al que disfrutan otros consumidores”. La ley fijará que “se podrán imponer como obligación de servicio universal medidas específicas con vistas a garantizar que los equipos terminales conexos y los equipos y servicios específicos que favorecen un acceso equivalente, incluidos en su caso los servicios de conversión a texto y los servicios de conversación total en modo texto, estén disponibles y sean asequibles”. El artículo 34 determina que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital adoptará las iniciativas pertinentes para que los usuarios finales con discapacidad puedan tener el mejor acceso posible a los servicios prestados a través de los números armonizados europeos que comienzan por las cifras 116. En la atribución de tales números, el Ministerio establecerá las condiciones que faciliten el acceso a los servicios que se presten a través de ellos por los usuarios finales con discapacidad. Entre las referidas condiciones podrán incluirse, en función del servicio en concreto de valor social que se trate, la de posibilitar la comunicación total a través de voz, texto y vídeo para que las personas con discapacidad sensorial no se queden excluidas. En transposición del Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas, el anteproyecto introduce la posibilidad de que la Comisión Europea establezca tarifas únicas máximas de terminación de llamadas de voz a escala europea, y se refuerza el funcionamiento del número 112 como número de llamada de emergencia en toda Europa, estableciendo la obligación de que dicho número sea accesible a personas con discapacidad e introduciendo la posibilidad de enviar, a través del mismo, mensajes de alerta a la población. Fuente: SERVIMEDIA