Sí. Fundación ONCE ofrece el sello A TECH, basado en la norma EN 301 549. Este sello certifica la accesibilidad del dispositivo para distintos perfiles de discapacidad. Un ejemplo conocido son los televisores Samsung certificados con A TECH.
En una urbanización con desniveles que impiden el acceso a zonas comunes, la instalación de una rampa u otro elemento accesible no es opcional cuando existen personas mayores o con discapacidad, salvo excepciones muy justificadas.
La solución de obligar a recorrer un itinerario alternativo externo no cumple con los principios de accesibilidad universal y puede ser considerada discriminatoria.
Acceso a zonas restringidas al tráfico y estacionamiento para personas con discapacidad (PCD/PMR)
Sí.
El marco básico se establece en el:
Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, que regula las condiciones de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
Este Real Decreto fija unas condiciones mínimas comunes en todo el Estado, pero deja a las administraciones locales (ayuntamientos) la regulación concreta mediante sus ordenanzas de movilidad.
Existe un marco estatal mínimo que reconoce derechos (RD 1056/2014).
La regulación concreta es municipal.
El acceso a zonas restringidas está permitido en ciertos casos, pero el estacionamiento y el pago dependen de la ordenanza local.
Cualquier regulación debe respetar el principio de accesibilidad universal y no discriminación.
Categoría:
Arquitectura, urbanismo y transporte
Ayudas para eliminar barreras arquitectónicas en locales comerciales
Actualmente no se dispone de información sobre otros municipios que cuenten con líneas de ayudas específicas dirigidas a la eliminación de barreras arquitectónicas en locales comerciales, similares al Plan Adapta de Madrid.
No obstante, para obtener información actualizada y precisa, se recomienda contactar directamente con la administración local correspondiente al municipio donde se ubique el comercio, ya que es la vía más adecuada para conocer posibles ayudas o subvenciones disponibles.
Baño en el mar para personas con discapacidad visual
Sí. Existen recursos y sistemas que pueden facilitar que las personas con discapacidad visual disfruten del baño en el mar de forma más segura y autónoma. Estos sistemas ayudan a mantener la orientación y a reducir riesgos durante la entrada, permanencia y salida del agua.
No existe una normativa estatal específica que regule medidas concretas para el baño en el mar (como cuerdas, boyas o sistemas auditivos). Sin embargo, sí existe un marco legal de accesibilidad universal que obliga a que los servicios públicos —incluidas las playas— sean accesibles para todas las personas.
Capas de accesibilidad, overlays y cumplimiento del nivel AA (2026)
No.
El consenso técnico y normativo es claro: el cumplimiento del nivel AA no puede alcanzarse únicamente mediante una capa o overlay, ya que las WCAG exigen que la accesibilidad esté garantizada desde la estructura, el código, los contenidos y la interacción base del sitio web.
Las WCAG 2.2 establecen criterios de conformidad testables sobre el contenido original, no sobre transformaciones posteriores realizadas por el usuario o por scripts externos.
No es posible garantizar el cumplimiento del nivel AA únicamente mediante capas de accesibilidad u overlays, incluido inSuit cuando se usa como única medida.
Estas soluciones pueden ayudar, acelerar o gestionar el cumplimiento, pero la accesibilidad real y legalmente válida reside en el código y el diseño base del producto digital.
Categoría:
Tecnología
Lector de pantalla en dispositivos móviles
Las personas con discapacidad visual no suelen utilizar lectores específicos para documentos PDF. En su lugar, emplean lectores de pantalla integrales, capaces de leer:
Sitios web
Documentos en distintos formatos
Correos electrónicos
Aplicaciones del sistema
En dispositivos móviles, los lectores de pantalla más utilizados y accesibles son:
VoiceOver — integrado en iOS
TalkBack — integrado en Android
Ambos permiten leer documentos PDF siempre que el contenido esté correctamente etiquetado y accesible.
No existe una obligación general de convertir todo el contenido de todas las webs públicas a lectura fácil.
La Ley 6/2022 reconoce la accesibilidad cognitiva y la lectura fácil como uno de los medios para hacerla efectiva. El Real Decreto 707/2026 concreta obligaciones para determinados contenidos y situaciones, pero no entrará en vigor hasta el 2 de enero de 2027.
La necesidad de una versión en lectura fácil depende del contenido y de la obligación aplicable. El propio reglamento establece casos concretos, por ejemplo determinadas convocatorias de empleo público y cierta información cultural.
Además, las webs y aplicaciones del sector público deben cumplir el Real Decreto 1112/2018. Esta obligación de accesibilidad digital es independiente y no se sustituye por ofrecer una versión en lectura fácil.
Sí. La normativa española establece obligaciones y recomendaciones que afectan directamente a la creación de materiales accesibles:
Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013) Establece el derecho a la accesibilidad universal en servicios, información y comunicación.
Real Decreto 1112/2018 sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del sector público Aunque está orientado a webs, sus criterios WCAG son aplicables a documentos y materiales informativos.
Normas UNE de accesibilidad
UNE 170001-1 y 170001-2: Accesibilidad universal.
UNE 139803: Requisitos de accesibilidad para contenidos digitales.
UNE-EN 17210:2021: Accesibilidad del entorno construido y servicios relacionados, aplicable a turismo.
Recomendaciones de la OMT (Organización Mundial del Turismo) sobre turismo accesible.
Estas normas no obligan a usar materiales concretos, pero sí a garantizar que la información sea accesible en múltiples formatos.
La accesibilidad en turismo exige aplicar buenas prácticas porque garantiza que cualquier visitante pueda comprender y disfrutar la información sin barreras. Materiales como documentos en lectura fácil, apoyos táctiles, audios o vídeos subtitulados permiten adaptar la comunicación a distintas necesidades y mejorar la experiencia global. Además, cumplir la normativa vigente refuerza la profesionalidad del guía y contribuye a un turismo más inclusivo, responsable y de mayor calidad para todos.
Aunque se trata de un ámbito en desarrollo y de gran interés, actualmente no se tiene constancia de la implantación generalizada de servicios de carsharing accesibles con vehículos adaptados (ya sean coches, scooters o motocicletas) específicamente destinados al uso o transporte de personas con discapacidad; no obstante, sí se sabe que algunas empresas están explorando y desarrollando proyectos piloto y alternativas más inclusivas en este sector, lo que sugiere que en el futuro podrían incorporarse este tipo de soluciones accesibles dentro de las opciones habituales de movilidad compartida.
Obras de ascensores y accesibilidad en comunidades de propietarios
Sí. En España, la accesibilidad en edificios residenciales está regulada principalmente por:
Ley General de derechos de las personas con discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013). Establece el derecho a la accesibilidad universal y la eliminación de barreras.
Ley de Propiedad Horizontal (LPH), artículo 10.1.b). Obliga a realizar obras de accesibilidad cuando las soliciten personas con discapacidad o mayores de 70 años, sin necesidad de acuerdo de la junta en ciertos casos.
Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SUA, Seguridad de Utilización y Accesibilidad). Define las condiciones técnicas que deben cumplir los ascensores y elementos accesibles.
La legislación de accesibilidad obliga a eliminar barreras, pero no regula la duración de las obras.La situación puede ser muy gravosa y vulnerable, especialmente para personas con discapacidad.Las vías de actuación más eficaces son:Revisión del contrato de obra.Reclamación a la empresa y a la comunidad.
Categoría:
Normativa legal y técnica
Oficinas Técnicas de Accesibilidad
Actualmente, no existe un listado público completo y actualizado que recopile áreas, departamentos, oficinas, comisiones, consejos o mesas de accesibilidad (de carácter técnico y/o consultivo) en los entes administrativos regionales y locales en España.
España está organizada en 17 Comunidades Autónomas y 2 ciudades autónomas (Ceuta y Melilla), que a su vez se dividen en múltiples ayuntamientos.
Cada una de estas administraciones gestiona la accesibilidad de forma diferente, con estructuras organizativas y denominaciones propias, lo que dificulta la existencia de un listado homogéneo.
Se ha planteado la posibilidad de elaborar un listado lo más completo posible con información sobre estos órganos, con el objetivo de publicarlo y mantenerlo actualizado.
Si conoces organismos, áreas o servicios relacionados con la accesibilidad en administraciones públicas, puedes aportar esa información para ayudar a completar un listado más amplio y útil para todos.
Puede haber municipios pequeños con ordenanzas propias, pero no conviene ofrecer una conclusión general sin comprobar cada ordenanza y su aplicación. Si se incluyen ejemplos, es mejor enlazar el texto oficial del municipio y explicar por qué se considera una buena práctica.
Aunque un ayuntamiento no disponga de una ordenanza específica, debe aplicar la normativa estatal y autonómica que corresponda. Entre las referencias estatales principales están:
El Real Decreto Legislativo 1/2013, como marco general de derechos, accesibilidad universal y no discriminación.
El Código Técnico de la Edificación y su DB-SUA, para los edificios incluidos en su ámbito de aplicación.
La Orden TMA/851/2021, para los espacios públicos urbanizados. Esta orden sustituyó a la Orden VIV/561/2010.
Las ordenanzas municipales pueden desarrollar estos requisitos dentro de las competencias locales y adaptarlos a circunstancias como el patrimonio, la orografía o la trama urbana, respetando siempre la normativa de rango superior.
Sí es obligatorio cumplir el RD 1112/2018 y normas técnicas asociadas
Las pruebas con usuarios son una buena práctica altamente recomendada
La tendencia normativa y técnica refuerza su importancia en la accesibilidad real
Categoría:
Tecnología
Reproductores MP4 accesibles para incrustar en páginas web
Actualmente no existe un reproductor MP4 “certificado” como accesible bajo UNE-EN 301549 que pueda incrustarse directamente en una web. Las soluciones más comunes (YouTube, Vimeo, players comerciales o de código abierto) pueden configurarse para cumplir WCAG 2.1, pero no existe un player específico que garantice por sí mismo el cumplimiento completo de la norma.
La UNE-EN 301549 no define requisitos propios para reproductores MP4 web, sino que obliga a cumplir WCAG 2.1. Por ello, cualquier reproductor que permita implementar correctamente los criterios WCAG puede considerarse válido. No existe un reproductor “oficial” o “certificado”, pero sí opciones ampliamente usadas como Able Player o Video.js.
Categoría:
Arquitectura, urbanismo y transporte
Subvenciones y ayudas para accesibilidad en comunidades de propietarios (instalación de ascensor)
Sí, pero son distintas:
Las ayudas individuales suelen estar destinadas a la adaptación de viviendas dentro del domicilio (baños accesibles, eliminación de barreras interiores, etc.).
Las actuaciones sobre zonas comunes (ascensor, portal, rampas) se tramitan siempre por la comunidad.
Las ayudas para instalar un ascensor en una comunidad son colectivas, no individuales.
La circunstancia de discapacidad:
Puede activar la obligación de realizar la obra.
Puede incrementar la cuantía de la ayuda.
Pero no implica un beneficio económico directo individual sobre la cuota personal.
Categoría:
Educación
Uso de nombres científicos en lectura fácil
No existe una regla específica sobre nombres científicos en lectura fácil, pero sí un marco normativo claro:
Normativa principal
UNE 153101:2018 EX
Establece pautas de redacción, diseño y validación en lectura fácil.
Normativa y estándares complementarios
WCAG (accesibilidad web): recomiendan evitar estilos que reduzcan la legibilidad (como exceso de cursivas).
Recomendaciones de accesibilidad visual (ONCE, etc.): desaconsejan tipografías o estilos como la cursiva para mejorar la lectura.
No usar cursiva en lectura fácil, aunque lo indiquen normas lingüísticas.
Priorizar la accesibilidad y comprensión.
Mantener el término científico solo si es necesario.
Acompañarlo de explicación clara (glosa).
Usar recursos visuales (negrita, color) en lugar de cursiva.
Categoría:
Arquitectura, urbanismo y transporte
Vivienda accesible de alquiler
Sí, existen iniciativas de vivienda pública o colaboraciones público-privadas que incluyen apartamentos adaptados destinados a personas con discapacidad en régimen de alquiler; por ejemplo, en la Comunidad de Madrid destaca el Plan VIVE, que prevé poner en el mercado unas 25.000 viviendas y sobre el que se puede consultar toda la información en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/vivienda/plan-vive. En general, la gestión y adjudicación de este tipo de viviendas corresponde a las administraciones públicas (autonómicas, provinciales o locales), por lo que se recomienda contactar directamente con ellas o acudir a oficinas de atención al ciudadano para conocer las opciones disponibles en una zona concreta y recibir orientación personalizada. Además, también existen alternativas en el ámbito privado donde se pueden encontrar viviendas accesibles, como el portal Idealista (que permite aplicar filtros de accesibilidad en sus búsquedas) o sitios especializados como https://www.pisosaccesibles.es/ de la Federación Nacional ASPAYM, donde se publican inmuebles adaptados.
En este sitio web se sirven Cookies, de forma general para permitir y optimizar su navegación. Asimismo, utilizamos cookies analíticas que nos permiten elaborar estadísticas y conocer el tráfico de la web.
Puedes aceptar el uso de Cookies tal y como se expone en nuestra Política de Cookies.