Plataforma para el impulso de la accesibilidad universal

La accesibilidad universal, principio clave en la nueva Ley Audiovisual

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La Ley General de la Comunicación Audiovisual se guiará bajo los principios de la accesibilidad universal para favorecer el acceso a la cultura de las personas con discapacidad.

El Congreso de los Diputados ha aprobado la Ley General de Comunicación Audiovisual, una norma que moderniza la vigente adaptando al ordenamiento jurídico español las directrices europeas y se fundamenta en el respeto a la dignidad humana, exigiendo una imagen respetuosa y realista de las personas con discapacidad y la eliminación de contenidos que atenten contra los derechos de las mujeres.

En esta nueva Ley, que será remitida al Senado para completar su tramitación parlamentaria, tanto el Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción (CESyA) Se abrirá en una ventana nueva. , como el Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española (CNLSE) Se abrirá en una ventana nueva. , asesores del Real Patronato, son considerados centros estatales de referencia en cuestiones de accesibilidad audiovisual para las personas con discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad, asesorado por el CESyA y por CNLSE, remitió la contribución conjunta durante el periodo de consulta pública de la Ley para asegurar el cumplimiento y fomento de los derechos de las personas con discapacidad en cuanto a su acceso al sector audiovisual.

El texto del Anteproyecto de Ley recoge en la Disposición adicional primera. Del acceso al cine para las personas con discapacidad que el CESyA “constituye el centro estatal técnico de referencia en materia de accesibilidad audiovisual para personas con discapacidad, en lo referente a la producción, distribución y exhibición de obras cinematográficas y audiovisuales”. Asimismo, el CNLSE “tiene la consideración de centro de referencia específico en materia de accesibilidad en la lengua de signos española”.

La nueva Ley establece una ampliación de los “contenidos accesibles para todos los ciudadanos, extendiendo la obligación a agentes que hasta ahora no estaban cubiertos: servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal de acceso condicional; servicio de comunicación audiovisual televisivo a petición; y servicio de comunicación audiovisual sonoro a petición”, lo cual incluiría a las plataformas de vídeo bajo demanda, tales como Netflix, HBO, Movistar + o Disney +, entre otras.

Con respecto a las reclamaciones sobre la calidad de los servicios prestados de accesibilidad en las emisiones audiovisuales, la Ley contempla además que se creará un único punto de atención correspondiente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Fuente: REAL PATRONATO SOBRE DISCAPACIDAD

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