El etiquetado accesible, abierto a audiencia pública para proteger a los consumidores con discapacidad
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 publicó el miércoles 7 de agosto el proyecto de Real Decreto por el que se regula el etiquetado accesible de productos de consumo, para su sometimiento a audiencia pública durante las próximas semanas.
Según especifica el departamento que dirige Pablo Bustinduy en su página web, el plazo para la presentación de aportaciones comienza el miércoles 7 de agosto y permanecerá abierto hasta el 15 de septiembre.
El borrador contiene un amplio anexo de bienes y productos a los que se debe aplicar esta norma, que establece la obligación de incluir etiquetado en Braille o en otros formatos accesibles para garantizar la protección de los consumidores con discapacidad.
De hecho, su objetivo declarado consiste en desarrollar la Ley 4/2022 de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, que en su artículo 3 incluye a las personas con discapacidad en la definición de “consumidor vulnerable”.
Por dicho motivo, la disposición adicional primera de la misma ley insta al Gobierno a regular reglamentariamente un etiquetado en Alfabeto Braille –y en otros formatos- que “garantice la accesibilidad universal de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida, especialmente de las personas con discapacidad visual como personas consumidoras vulnerables”.
El borrador de real decreto que hoy sale a audiencia pública busca dar cumplimiento a dicha disposición.
OBLIGACIONES
Según sus indicaciones, se entiende por etiquetado accesible “las menciones, indicaciones, marcas, dibujos o signos relacionados con un bien o producto que figuren en cualquier envase, documento o etiqueta que acompañen o se refieran a dicho bien o producto y que permitan que las personas con discapacidad –en especial aquellas con discapacidad visual- obtengan de forma clara y comprensible información veraz, eficaz y suficiente sobre sus características esenciales”. Especifica que, para ello, el etiquetado accesible hará uso del sistema braille, de los códigos de respuesta rápida (QR) en relieve o señal táctil y de elementos vinculados a la accesibilidad cognitiva o a la accesibilidad a la información y a la comunicación, además de cualquier otro medio tecnológico que garantice la accesibilidad universal”. Entre otros puntos, destaca que el etiquetado accesible deberá incorporar, acompañar o permitir obtener, de forma clara y comprensible, al menos la siguiente información de los bienes y productos puestos a disposición de las personas consumidoras: nombre y denominación comercial; dirección completa del operador responsable en el caso de productos alimenticios y dirección completa del productor en el resto de los casos; información de contacto; naturaleza, composición y finalidad del bien; calidad, cantidad, categoría o denominación usual o comercial ( si la tienen); fecha de producción o suministro y lote, cuando sea exigible reglamentariamente; plazo recomendado de uso o consumo (o fecha de caducidad; instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo seguro, así como la correcta gestión sostenible de sus residuos; advertencias y riesgos previsibles; servicios de información y atención al cliente y procedimientos de interposición de quejas y reclamaciones, e información sobre alérgenos o intolerancias. Todos estos datos deberán ofrecerse al menos mediante una referencia o llamada a un código de respuesta básica (QR) u otro sistema análogo, que permita ser captado y leído por parte de la persona consumidora a través de un dispositivo móvil de uso generalizado que le remita a una página de internet o a cualquier recurso tecnológico accesible donde se ofrezca dicha información, así como cualquier otra relativa a la seguridad del producto que deba figurar en el etiquetado según la normativa sectorial. Si esta información no figura en Braille, el código QR –o sistema análogo- deberá ser identificado con señales táctiles o en relieve, a fin de que los usuarios puedan localizar de forma sencilla el lugar donde se encuentra el etiquetado accesible. Además, el texto establece la obligación de incluir en Braille la denominación o nombre comercial, naturaleza y categoría del producto; la palabra “peligro” como señal de advertencia para los productos incluidos en la letra B del anexo, y el ingrediente o coadyuvante tecnológico que pueda causar alergias e intolerancias dentro de los productos recogidos en la letra c. Por último, el proyecto de real decreto destaca que el etiquetado en Braille deberá también figurar en el embalaje o empaquetado exterior de aquellos productos que lo tengan.COLABORACIONES
Por otro lado, la normativa anima a las administraciones públicas a fomentar el uso del etiquetado accesible entre las asociaciones de consumidores y las empresas fabricantes y distribuidoras. Señala además que las administraciones públicas competentes podrán solicitar la cooperación de la Comisión Braille Española en el fomento, promoción, difusión y garantía del buen uso del sistema braille en el ámbito de consumo, todo ello en los términos establecidos en el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE). Recoge también que las administraciones públicas podrán suscribir convenios con la Comisión Braille Española en cuestiones relacionadas con el ámbito de aplicación del real decreto y recibir el asesoramiento del Real Patronato sobre Discapacidad, a través de sus Centros Asesores.SANCIONES
Por último, establece un régimen sancionador con dos tipos de infracciones: fallos en la traslación al etiquetado accesible de la información que este texto exige (se entenderán como infracciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad), e inclusión en la parte accesible de fallos que ya figuraban en el etiquetado ordinario (se considerarán como incumplimientos en materia de defensa de los consumidores y usuarias o de defensa de la calidad alimentaria). En todos estos casos, se aplicarán las sanciones previstas en las normativas correspondientes. Fuente: ServimediaEN 17161:2019 Diseño para todos: Accesibilidad siguiendo un enfoque de Diseño para todos en productos, bienes y servicios. Ampliación de la gama de usuarios (Inglés)
La banca avanza en la accesibilidad de cajeros, oficinas y canales digitales para las personas con discapacidad
Los principales bancos que operan en España han implementado mejoras en sus cajeros, oficinas y en los canales digitales para hacerlos más accesibles a las personas con discapacidad y continúan en este camino con iniciativas como tarjetas en braille para personas ciegas o dispositivos de vídeo interpretación para personas sordas.
En el caso de Santander, en España tiene más del 80% de las sucursales adaptadas y está trabajando en un plan para maximizar la accesibilidad en todos los inmuebles, dando así cumplimiento a la Directiva Europea de Accesibilidad, que establecerá nuevos requisitos de accesibilidad en una serie de productos y servicios, incluidos los financieros.
Entre las medidas implantadas en las oficinas del banco en España destacan accesos exteriores y rampas, salas de espera fácilmente accesibles, aseos adaptados y provistos de mecanismos de llamada y auxilio, clara señalización de obstáculos (columnas, marcos puertas, vidrios), letras y pictogramas claros sobre fondos en contraste para personas con discapacidad visual, pantallas ubicadas a altura correcta con brillo adecuado e información en formato auditivo y bucles magnéticos de audición.
Precisamente, para las personas sordas, Santander está trabajando en incorporar un sistema de vídeo interpretación en las oficinas y un servicio de atención telefónica.
Desde BBVA explican que las operativas más frecuentes, como consulta de saldos y movimientos, operativa con tarjeta o el envío de dinero con Bizum, que se realizan a través de su aplicación y página web están preparadas para que puedan ser interpretadas por los lectores de voz más habituales, por lo que pueden ser utilizadas de manera autónoma por personas con deficiencias visuales.
Por su parte, CaixaBank tiene adaptadas el 88% de sus oficinas, de manera que no tienen desniveles y cuentan con rampas y elevadoras. Todos sus cajeros son accesibles con facilidades visuales, sonoras y táctiles, y más de 8.000 disponen de vídeos de ayuda en lenguaje de signos.
En el Banco Sabadell disponen del canal chat en su web y aplicación, que da facilidades a las personas con discapacidad. Este canal permite resolver dudas por escrito y hacer consultas que son contestadas por un sistema automático de respuestas o por un agente. Esta vía registra una media mensual de 150.000 consultas y la satisfacción de los clientes es superior al 90%, según los datos que maneja el banco.
Bankinter destaca una iniciativa para personas con discapacidad auditiva consistente en la instalación de bucles magnéticos en oficinas que posibilita a los usuarios de audífonos poder adaptar el volumen de la conversación en la atención comercial. Esta medida se enmarca en el Sistema de Gestión de la Accesibilidad Física Universal que el banco lanzó en 2010.
Fuente: SOLIDARIDAD DIGITAL
La banca avanza en la accesibilidad de cajeros, oficinas y canales digitales para las personas con discapacidad
Los principales bancos que operan en España han implementado mejoras en sus cajeros, oficinas y en los canales digitales para hacerlos más accesibles a las personas con discapacidad y continúan en este camino con iniciativas como tarjetas en braille para personas ciegas o dispositivos de vídeo interpretación para personas sordas.
Así lo han explicado a Servimedia fuentes de entidades como Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell y Bankinter, que dan cuenta de estos avances y algunas novedades.
En el caso de Santander, en España tiene más del 80% de las sucursales adaptadas y está trabajando en un plan para maximizar la accesibilidad en todos los inmuebles, dando así cumplimiento a la Directiva Europea de Accesibilidad, que establecerá nuevos requisitos de accesibilidad en una serie de productos y servicios, incluidos los financieros.
Entre las medidas implantadas en las oficinas del banco en España destacan accesos exteriores y rampas, salas de espera fácilmente accesibles, aseos adaptados y provistos de mecanismos de llamada y auxilio, clara señalización de obstáculos (columnas, marcos puertas, vidrios), letras y pictogramas claros sobre fondos en contraste para personas con discapacidad visual, pantallas ubicadas a altura correcta con brillo adecuado e información en formato auditivo y bucles magnéticos de audición.