Las nuevas exigencias de la Orden Ministerial TMA/851/2021. Claves para el diseño de entornos urbanizados para toda la ciudadanía. Parte 1
El pasado 2 de enero de 2022 entró en vigor la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados, publicada en el BOE por el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana.
Esta Orden deroga íntegramente la anterior Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, del mismo título, que hasta la fecha ha sido la normativa estatal de referencia en esta materia y que en su momento supuso un hito muy importante ya que dio cumplimiento al mandato de la disposición final cuarta del Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprobaron las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. Antes existieron diversas normativas municipales y autonómicas de accesibilidad y de eliminación de barreras arquitectónicas, pero la Orden Ministerial de 2010 se conformó como el marco normativo común para toda España que marcaba las exigencias a cumplir en el ámbito urbanizado, al igual que el Código Técnico de la Edificación (CTE) lo marcaba en el edificado.
El documento técnico aprobado por esta Orden TMA/851/2021, no será de aplicación obligatoria a los espacios públicos urbanizados cuyos planes y proyectos estén en marcha y se aprueben definitivamente durante el transcurso de los diez primeros meses posteriores a su entrada en vigor. Durante este periodo se podrá optar por el cumplimiento de esta Orden o de la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero. Por tanto, a partir del 2 de noviembre de 2022 todos los espacios públicos urbanizados se aprobarán en cumplimiento de la nueva orden.
El documento técnico desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. Derivados de la aplicación de los principios de autonomía individual y diseño para todas las personas, toma especialmente en consideración las necesidades de las personas con discapacidad, así como las vinculadas al uso de productos y servicios de apoyo. El objetivo fundamental es evitar la discriminación y potenciar la inclusión de todas las personas en el ámbito urbanizado.
Vamos a dedicar los siguientes artículos de nuestra sección de actualidad a profundizar en el análisis de dicha modificación normativa. ¡No te los pierdas!