Observatorios en materia de accesibilidad

¡Lanzamiento del Centro Europeo de Recursos en Accesibilidad!

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El próximo 4 de julio se celebrará en Bruselas el lanzamiento del Centro Europeo de Recursos en Accesibilidad (AccessibleEU).

El evento, que será híbrido, tendrá lugar en la sede del Comité Europeo Económico y Social. El objetivo es explicar los objetivos de AccessibleEU, así como los resultados esperados.

Además, se dará a conocer el trabajo de los diferentes socios del Centro y otras personas interesadas así como sus necesidades y dificultades para implementar la accesibilidad.

El Centro Europeo de Recursos de Accesibilidad (AccessibleEU) es una de las iniciativas clave propuestas por la Comisión Europea en la Estrategia Europea sobre Discapacidad 2021-2030. El consorcio que trabaja en este Proyecto está formado por ENAT, EASPD, Universidad Johannes Kepler Linz, UNE y liderado por Fundación ONCE.

Será un evento de sensibilización, en el que AccessibleEU se presentará como un punto de encuentro a nivel europeo sobre accesibilidad, que ofrece conocimientos y habilidades prácticas en constante actualización para una variedad de actores, incluidos los responsables políticos, los legisladores y los representantes de personas mayores y personas con discapacidad, entre otros.

Habrá tres paneles técnicos. El primero de ellos se titula «Desafíos para implementar la legislación de accesibilidad en la UE», donde se analizarán las dificultades de los diferentes países en la implementación de la legislación europea a nivel nacional. Además, se discutirán estrategias, buenas prácticas y casos de éxito.

En el segundo panel, titulado “Conectando a los actores”, se compartirán las necesidades de los diferentes actores involucrados en el desarrollo y uso de entornos, productos y servicios accesibles. Estarán representados tanto las empresas como usuarios y administración pública.

En el tercer panel titulado «Formación de profesionales de la accesibilidad», se analizarán las diferentes estrategias de formación de profesionales en accesibilidad que se han puesto en marcha. Se compartirán las dificultades y casos de éxito en la implementación de la accesibilidad en los programas académicos de las universidades, así como el desarrollo de herramientas tecnológicas para brindar formación en un formato abierto y masivo.

  • ¿Dónde?

    Comité Económico y Social Europeo (CESE), Sala VMA 3. Rue Van Maerlant 2. 1000 Bruselas

  • ¿Cuándo?

    Martes 4 de julio, de 9:30 a 01:00 CEST.  Agenda

  • ¿Cómo participar?

    El evento se llevará a cabo en un formato híbrido en inglés, por lo que la asistencia puede ser presencial y en línea. Es necesario registrarse, por favor complete el formulario de registro

  • Accesibilidad

    Se proporcionan señales internacionales, subtítulos en vivo y bucles individuales. Habrá traducción simultánea español-inglés.

Obligaciones de accesibilidad web para la Administración Pública

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En 2016 se aprobó una directiva europea que unificó la accesibilidad de los sitios web y apps de los organismos públicos en la Unión Europea. España transpuso esta directiva a través de un Real Decreto sobre la «accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público».

El texto indica que todas las páginas web y aplicaciones móviles de la administración pública tendrán que ser accesibles «para las personas mayores y personas con discapacidad, de modo que sus contenidos sean perceptibles, operables, comprensibles y robustos». La accesibilidad de estos afectará a su diseño, gestión, mantenimiento y actualización.

La misma norma detalla que quedan excluidos algunos contenidos como los vídeos y audios pregrabados publicados antes de su entrada en vigor; o, por ejemplo, los contenidos de que hayan sido producidos por terceros, pero que terminen en alguna web o app de la administración pública.

También se posibilita la exclusión de contenido accesible si este supone una «carga desproporcionada», algo que deberá justificarse y no alargarse en el tiempo. En cualquier caso, esos contenidos tendrán que ser lo más accesibles posible y habrá que ofrecer otras alternativas accesibles.

Además, la ley de contratación pública recoge que toda contratación que esté destinada a ser utilizada por personas físicas, ya sea el público en general o el personal de la Administración pública contratante, ha de ser redactada con «criterios de accesibilidad y de diseño» para todas las personas.

Estas normas complementan a otro real decreto vigente en España sobre las condiciones para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.

Fuente: SERVIMEDIA

Obligaciones de accesibilidad web para empresas

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Con carácter general, las empresas que presten servicios de comunicación audiovisual tendrán que «impulsar la accesibilidad de las personas con discapacidad a los contenidos audiovisuales». Por ley, se tendrá que «garantizar» el acceso «de las personas con discapacidad» a las «informaciones relativas a situaciones de emergencia, incluyendo las comunicaciones y anuncios en situaciones de catástrofes naturales y crisis de salud pública». Estas tendrán que difundirse de forma clara, comprensible y accesible a través de los servicios de comunicación audiovisual correspondientes.

El 10 de mayo entró en vigor una nueva ley que transpone una directiva europea que establece objetivos comunes en la accesibilidad de determinados productos y servicios. Esta indica que la información en determinados sitios webs y sus aplicaciones móviles ha de estar disponible: a través de más de un canal sensorial, tiene que ser «fácil de entender» se debe presentar de «una forma que se pueda percibir», las letras del texto tienen que tener «un tipo de tamaño adecuado» para que lo interpreten los asistentes de texto y los «formatos asistenciales alternativos» deben poder interpretar correctamente el contenido.

La normativa vigente establece que estas obligaciones las tendrán que cumplir los equipos informáticos de uso general; las terminales de autoservicio como terminales de pago, cajeros automáticos o máquinas expendedoras; los servicios de comunicación electrónica; los servicios de comunicación audiovisual; los servicios bancarios para consumidores; los libros electrónicos y sus programas especializados; los servicios de comercio electrónico; y las empresas de suministro eléctrico, de agua y gas a consumidores.

Además, las compañías «de especial trascendencia económica» y que presten servicios al público tienen que garantizar por ley en sus páginas webs «el nivel medio de los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocido». Sin embargo, no es obligatorio cuando no se pueda ofrecer una solución técnica que permita su accesibilidad.

La ley define a empresas de especial trascendencia económica a las que tienen más de cien trabajadores y se dedican a servicios de comunicaciones electrónicas a consumidores; servicios financiero destinado a consumidores, que incluirán los servicios bancarios, de crédito o de pago, los servicios de inversión, las operaciones de seguros privados, los planes de pensiones y la actividad de mediación de seguros; el suministro de agua, gas y electricidad; y el servicio de agencia de viajes, transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, por vía marítima, o por vía aérea y comercio al por menor.

Fuente: SERVIMEDIA