Las próximas elecciones generales del 29 de noviembre incorporan distintas medidas destinadas a garantizar que las personas con discapacidad, en situación de dependencia o con problemas de movilidad puedan ejercer su derecho al voto en igualdad de condiciones. La normativa electoral prevé procedimientos específicos tanto para quienes necesiten votar desde su domicilio como para aquellas personas que deseen acudir presencialmente a su colegio electoral con los apoyos necesarios.
Entre las principales novedades destaca la posibilidad de solicitar el voto por correo a través de un representante autorizado cuando una enfermedad o incapacidad física impida desplazarse a una oficina de Correos o al propio colegio electoral. En estos casos, el elector debe aportar un certificado médico oficial y puede otorgar gratuitamente un poder notarial a una persona de su confianza para realizar los trámites en su nombre. El plazo para solicitar esta modalidad de voto finaliza el 19 de noviembre y el envío de la documentación electoral puede realizarse hasta el 25 de noviembre.
Además, las administraciones recuerdan que las personas con movilidad reducida o cualquier otra discapacidad que acudan a votar presencialmente tienen derecho a estar acompañadas por una persona de su elección, que podrá prestar asistencia durante todo el proceso de votación. Asimismo, los colegios electorales deben contar con condiciones de accesibilidad física, incluyendo rampas, ascensores y accesos libres de barreras arquitectónicas para facilitar la participación de toda la ciudadanía.
Uno de los recursos más relevantes en materia de accesibilidad electoral es el sistema de voto accesible destinado a personas ciegas o con discapacidad visual. Este procedimiento, regulado por el Real Decreto 1612/2007, permite a los electores que conocen el sistema braille votar de forma autónoma y secreta mediante un kit accesible que se entrega el día de las elecciones en su mesa electoral.
Este kit incluye las papeletas y sobres electorales oficiales junto con documentación complementaria en braille e instrucciones para facilitar la identificación de las distintas candidaturas. Pueden solicitarlo las personas con discapacidad visual que estén inscritas en el censo electoral, utilicen braille y tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, así como las personas afiliadas a la ONCE. La solicitud debe realizarse a través del teléfono gratuito 900 150 000 habilitado por el Ministerio del Interior dentro del plazo establecido para cada convocatoria electoral.
Además, el procedimiento contempla espacios reservados próximos a las mesas electorales donde los votantes pueden preparar su papeleta con privacidad y garantías de confidencialidad. También existe la posibilidad de abandonar temporalmente el local electoral con el kit y regresar posteriormente para depositar el voto.
Las medidas previstas para el 29-N refuerzan así el principio de accesibilidad universal y buscan garantizar que todas las personas, independientemente de sus circunstancias físicas, sensoriales o de movilidad, puedan participar plenamente en la vida democrática ejerciendo su derecho al sufragio con autonomía, seguridad y las máximas garantías de igualdad.
Fuente: Infoelectoral