Actualización vigente: 28 de Febrero de 2026
Fecha de aprobación: BOE núm. 52 de 27 de Febrero de 2026
En vigor: Si
Entidad que la promueve: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Tema: Administración Pública
Descripción:
Constituye el objeto de este real decreto la creación y regulación de la Unidad técnica de apoyo y coordinación de las autoridades de vigilancia (en adelante, Unidad técnica) en la Administración General del Estado, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos. La condición de Unidad técnica de apoyo y coordinación de las autoridades vigilancia (en adelante, Unidad técnica) a que se refiere el artículo 1 se asume por la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad, órgano directivo del departamento competente en materia de discapacidad.
Ámbito geográfico de aplicación: EspañaEnlace de consulta