¿Qué debe incluir la política de accesibilidad de las webs de empresas privadas?

La política de accesibilidad de una empresa privada debe describir los compromisos, estándares y medidas adoptadas para garantizar que su sitio web y sus servicios digitales sean accesibles, pero no está sujeta a las obligaciones del Real Decreto 1112/2018 salvo que la entidad forme parte del sector público o reciba financiación pública para el desarrollo de sus servicios digitales. Para empresas privadas, la normativa aplicable depende de su tamaño y actividad económica, y en ausencia de obligación legal se recomienda seguir las Pautas WCAG 2.1 del W3C como referencia técnica vigente. Aunque no exista obligación legal específica, una política de accesibilidad debería incluir:
  • Compromiso general con la accesibilidad digital y la inclusión.
  • Referencia explícita al estándar técnico seguido (habitualmente WCAG 2.1 nivel AA, W3C).
  • Medidas adoptadas para mejorar la accesibilidad (diseño, desarrollo, revisión, formación, pruebas con tecnologías de apoyo).
  • Mecanismos de contacto para comunicar incidencias de accesibilidad.
  • Procedimientos internos de mejora continua.
No es obligatorio incluir una declaración de accesibilidad formal como la del artículo 15 del RD 1112/2018, ya que esta obligación solo aplica al sector público. Sin embargo, sí es recomendable incluir una referencia clara al nivel de accesibilidad alcanzado y a los estándares utilizados.

Normativa aplicable según el tipo de entidad

Real Decreto 1112/2018 (obligatorio solo para sector público)

El RD 1112/2018, que transpone la Directiva (UE) 2016/2102, solo es obligatorio para:

  • Administraciones públicas.
  • Organismos del sector público.
  • Entidades privadas cuando reciban financiación pública para el desarrollo de servicios digitales afectados por la norma.
Por tanto, una empresa privada sin financiación pública no está obligada a cumplir el RD 1112/2018 ni a publicar la declaración de accesibilidad del artículo 15.

Ley 56/2007 (obligatoria para empresas privadas de especial trascendencia económica)

La Ley 56/2007, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, establece obligaciones de accesibilidad web para empresas privadas que cumplan alguno de estos criterios:
  • Más de 100 trabajadores, o
  • Facturación anual superior a 6 millones de euros, y
  • Pertenecientes a sectores de especial trascendencia económica, como:
    • banca y servicios financieros
    • aseguradoras
    • transporte
    • agencias de viaje
    • suministradoras de electricidad, gas y agua
    • grandes superficies
    • telecomunicaciones
Estas entidades deben garantizar que sus páginas web cumplan los requisitos de accesibilidad establecidos reglamentariamente. Empresas privadas sin obligación legal Si la empresa no pertenece a los sectores anteriores ni recibe financiación pública:
  • No existe obligación legal específica de accesibilidad web.
  • Sí existe una recomendación clara: adoptar las WCAG 2.1 nivel AA como estándar técnico de referencia.
  • Las WCAG siguen siendo el marco internacional vigente y son la base del estándar europeo EN 301 549, utilizado por el sector público.