¿El Código Técnico de la Edificación exige un número mínimo de habitaciones accesibles en hospitales?
El Código Técnico de la Edificación, en su Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB-SUA), no fija un número mínimo estatal de habitaciones accesibles para hospitales.
La tabla del apartado SUA 9, 1.2.2 se refiere a alojamientos de uso Residencial Público. El propio DB-SUA clasifica los hospitales como uso Sanitario, por lo que esa tabla no debe aplicarse automáticamente a las habitaciones hospitalarias.
Esto no significa que las habitaciones queden fuera de las obligaciones de accesibilidad. Para conocer los requisitos de un hospital concreto también hay que revisar la normativa sanitaria y de accesibilidad de la comunidad autónoma, además de las condiciones de autorización del centro.