Sí. En España, la accesibilidad en edificios residenciales está regulada principalmente por:
- Ley General de derechos de las personas con discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013). Establece el derecho a la accesibilidad universal y la eliminación de barreras.
- Ley de Propiedad Horizontal (LPH), artículo 10.1.b). Obliga a realizar obras de accesibilidad cuando las soliciten personas con discapacidad o mayores de 70 años, sin necesidad de acuerdo de la junta en ciertos casos.
- Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SUA, Seguridad de Utilización y Accesibilidad). Define las condiciones técnicas que deben cumplir los ascensores y elementos accesibles.