Vivencia y convivencia: la accesibilidad en la hostelería y la restauración (Parte 1)

17 marzo, 2023

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Los bares y restaurantes son piezas esenciales en los espacios residenciales, tanto en las zonas rurales como en las urbes. Por muy pequeño que sea un municipio, pueblo, aldea o barrio, nunca faltará un bar donde se reúnan y relacionen los vecinos, se fomenten las relaciones sociales y se desarrolle el día a día.

Entre toda la diversidad de clientes de dichos establecimientos, se encuentran las personas con discapacidad a las que, además de las dificultades intrínsecas que tienen, se les suman las dificultades que les supone la falta de accesibilidad en los locales, servicios y entornos relacionados con la hostelería y la restauración.

Y no solo se trata de cuestiones arquitectónicas, sino también de trabas en la comunicación, del desconocimiento de las necesidades específicas del colectivo y de impedimentos psicosociales generados por la propia ignorancia o por rechazo. Toda esta clientela heterogénea exige que en el diseño de los espacios se tenga en cuenta, entre otras cuestiones, la seguridad y la accesibilidad, que no siempre es así.

La falta de accesibilidad en los establecimientos no solo son obstáculos para las personas con discapacidad, también lo son para que la actividad empresarial sea de calidad y ofrezca al cliente una experiencia perfecta y satisfactoria.

¿Por qué hacer un establecimiento accesible?

  • La accesibilidad es un derecho que garantiza la no discriminación por razones de edad o discapacidad y la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en la vida social y económica. Este derecho es avalado en España por distintas normativas, pero sobre todo por la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, que en su artículo 9. Accesibilidad, especifica que “los Estados Partes también adoptarán las medidas pertinentes para asegurar que las entidades privadas que proporcionan instalaciones y servicios abiertos al público o de uso público tengan en cuenta todos los aspectos de su accesibilidad para las personas con discapacidad”.
  • Es una oportunidad de negocio. Si el establecimiento no es accesible, se está perdiendo un gran número de clientes potenciales, personas con discapacidad y personas mayores que, además de gastar sus recursos, pueden disponer de más tiempo libre.
  • Es una obligación legal. Diversas normativas estatales y autonómicas exigen a los comercios y establecimientos de uso público cumplir con unas condiciones mínimas de accesibilidad que varían según la tipología de los establecimientos.
  • La accesibilidad dota al establecimiento de una mejor calidad. En España existe un certificado de “Accesibilidad Universal”, basado en la norma UNE 170.001, que diferencia a aquellos establecimientos en los que cualquier persona puede utilizar y disfrutar de los servicios y entornos con independencia de sus capacidades. Por su parte, el Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE) también incorpora a las normas para la certificación de calidad “Q” los criterios de “Accesibilidad Universal”.

Fuente: NAN ARQUITECTURA