Desde el 23 de junio de 2021 todas las aplicaciones móviles del sector público deben ser accesibles y cumplir con la norma UNE-EN 301 549:2019 (traducción de la norma establecida como el estándar de aplicación para el cumplimiento de la Directiva (UE) 2016/2102). Las Administraciones Públicas deberán disponer del primer informe de revisión de accesibilidad para aplicaciones móviles antes del 20 de septiembre de 2021.
Para realizar esta labor, se ha publicado en la sección «Descargas» de la Comunidad de Accesibilidad del PAe, el nuevo modelo del Informe de Revisión de Accesibilidad para aplicaciones móviles (en dos formatos: XLSX y ODS), basado en la norma UNE-EN 301 549:2019 y que corrige muchos de los problemas y carencias que tenía la versión anterior. Será necesario rellenar dicho modelo para realizar correctamente la revisión exhaustiva de accesibilidad de las aplicaciones para dispositivos móviles.
Dicho informe, al igual que ya pasaba con el Informe de Revisión de Accesibilidad de sitios web, deberá incluirse en el informe anual de seguimiento sobre cumplimiento de accesibilidad que las Unidades Responsables de Accesibilidad deben rellenar.
Todo el sector público está obligado a realizar revisiones periódicas del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad tanto a lo largo del proceso diseño y desarrollo como con la puesta en funcionamiento de sus sitios web y de sus aplicaciones para dispositivos móviles. Las revisiones de accesibilidad deberán abarcar todos los requisitos exigidos y tendrán en consideración tanto aspectos de revisión automática como aspectos de revisión manual experta, quedando todo plasmado y recogido en un «Informe de revisión de la accesibilidad».